Sentencia favorable: reconocimiento del complemento por hijos por aportación demográfica a un hombre solicitada tras la entrada en vigor de la nueva ley
En procedimiento judicial iniciado por la letrada de Zenbaki, Aholkulariak abokatuak, Naiara Mendívil, por el Juzgado de lo social nº1 de Eibar, se ha dictado sentencia mediante la que se reconoce un complemento por hijos a un hombre en concepto de aportación demográfica, en base a la antigua redacción del art 60 de le Ley General de la Seguridad social.
La reclamación al INSS se realizó tras la publicación del Real Decreto Ley 3/2021 de 2 de Febrero que deroga la anterior redacción y por ello, la administración entendía que no era aplicable la antigua redacción sino la nueva normativa, no cumpliendo por ello, el actor, los requisitos para obtener el complemento por habérsele reconocido su prestación de incapacidad anteriormente a la entrada en vigor del RDL 3/2021 que solo es aplicable a las prestaciones reconocidas a partir de su entrada en vigor, esto es, a partir del 4 de Febrero de 2021.
El Juzgado de lo social, ha entendido que a pesar de que la reclamación se realiza posteriormente a la entrada en vigor de la nueva normativa, la aplicable es la vigente al tiempo de habérsele reconocido la prestación por incapacidad sobre la que se pide el complemento, es decir, la antigua redacción del art 60 de la Ley General de la seguridad social.
Por otro lado, retrotrae los efectos del complemento hasta el dictado de la Sentencia del Tribunal de la Unión Europea, esto es Febrero de 2020, y no la limita a los últimos 3 meses desde la solicitud, tal como se pretende por el INSS en los casos en que se estima el percibo complemento.
Zenbaki aholkulariak abokatuak: Departamento jurídico
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