Obligados a relacionarse electrónicamente con el Ayuntamiento de Arrasate

NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS
De conformidad con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, están obligadas a relacionarse electrónicamente con el Ayuntamiento:

  • Personas jurídicas
  • Entidades sin personalidad jurídica
  • Los profesionales cuya colegiación sea obligatoria.
  • Representante de los interesado obligado a mantener relacionarse electrónicamente.

Por ello, el Ayuntamiento de Arrasate entre otros trámites, se comunicara vía notificaciones electrónicas.

La notificación lo ubicará en la sede electrónica del Ayuntamiento de Arrasate o en el portal de servicios telemáticos.

El acceso al buzón de notificaciones se realizará en la sede del Ayuntamiento de Arrasate (ataria.arrasate.eus). Para ello deberá identificarse y los tipos de identificación admitidos son los siguientes.

  • Certificados digitales
  • Sistema bakqq de Izenpe

Transcurridos 10 días naturales desde la puesta a disposición de la notificación en la sede electrónica, sin haberse obtenido la notificación en dicho plazo, se entiende practicada y prosigue el procedimiento sin necesidad de publicación en el boletín oficial.

Zenbaki aholkulariak abokatuak aconseja: Comunicar al Ayuntamiento de Arrasate un correo electrónico y un teléfono móvil para que en el momento en que se ponga a disposición una notificación electrónica pueda recibir un aviso.

 

 

Zenbaki aholkulariak abokatuak: asesoría integral