Causas de disolución de una sociedad.
De acuerdo con el artículo 363 de la Ley de Sociedades de Capital, una sociedad entra en causa de disolución en los siguientes supuestos:
- Por el cese en el ejercicio de la actividad. Se entenderá que se ha producido el cese tras un periodo de inactividad superior a un año.
- Por la conclusión de la empresa.
- Por la imposibilidad manifiesta de conseguir el fin social.
- Por la paralización de los órganos sociales de modo que resulte imposible el funcionamiento.
- Por pérdidas que dejen reducido el Patrimonio Neto a una cantidad inferior a la mitad del Capital Social (a no ser que el capital social se aumente o se reduzca en la medida suficiente, y siempre que no sea procedente solicitar la declaración de concurso).
- Por reducción del capital social por debajo del mínimo legal, que no sea consecuencia del cumplimiento de una Ley.
- Porque el valor nominal de las participaciones sociales sin voto o de las acciones sin voto excediera de la mitad del capital social desembolsado y no se restableciera la proporción en el plazo de dos años.
- Por cualquier otra causa establecida en los estatutos.
En relación con la quinta causa de disolución y debido al COVID, según el artículo 13 de la Ley 3/2020 de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID ha venido a mantener la suspensión de la causa de disolución por pérdidas del ejercicio 2020. Es decir que a los efectos de determinar la concurrencia de la causa de disolución no se tomarán en consideración las pérdidas del ejercicio 2020.
El problema que ha habido es que a nivel de tesorería las empresas han podido ir subsistiendo por las inyecciones económicas en forma de créditos ICO y otras ayudas percibidas; no obstante, las mismas son exigibles y han de registrarse en el PASIVO. Esto ha hecho que la solvencia haya desaparecido porque muchas sociedades han pasado a tener más pasivo que activo.
Zenbaki aholkulariak abokatuak: Jurídico mercantil