Incentivo para combatir el absentismo

El Tribunal Supremo, en su sentencia de 20 de enero de 2025, analiza la legalidad de un incentivo salarial cuyo importe varía en función del número de horas de ausencias de la persona trabajadora:

  • Se abona el 100% cuando se han tenido menos de 8 horas de ausencia al mes.
  • El porcentaje va disminuyendo progresivamente en función de las horas de ausencia.
  • A partir de las 24 horas de ausencia en el mes, la persona trabajadora no cobra incentivo.

¿Computa cualquier tipo de ausencia? No, las ausencias debidas a vacaciones, diferencias horarias, licencias sindicales y permisos retribuidos por fallecimiento de familiares están exceptuadas. 

Ahora bien, en lo que respecta al resto de las ausencias, el Tribunal Supremos razona lo siguiente:

  • Discriminación por enfermedad: El artículo 2.3 de la Ley 15/2022, de 19 de julio, establece que la enfermedad no puede amparar diferencias de trato, de modo que, si la cuantía del incentivo se calcula teniendo en cuenta las ausencias motivadas por una enfermedad causante de un proceso de incapacidad temporal, ello conlleva una discriminación por razón de enfermedad.
  • Discriminación indirecta por razón de sexo: Teniendo en cuenta que los derechos de conciliación de la vida laboral y familiar son ejercitados mayoritariamente por las trabajadoras, si las ausencias que deriven del ejercicio de la conciliación laboral-familiar computan a efectos del incentivo, ello supone una discriminación indirecta por razón de sexo.
  • Discriminación por asociación: Si un familiar de una persona trabajadora sufre una enfermedad grave y esa persona trabajadora disfruta de un permiso para cuidarlo, la consecuencia no puede ser una aminoración del incentivo porque ello supondría una discriminación por asociación.

En definitiva, el Tribunal Supremo concluye que las ausencias que pueden computarse a efectos del incentivo no pueden estar causadas ni por enfermedad, ni por medidas de conciliación laboral-familiar, ni tampoco deben causar discriminación por asociación.

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