Cambios en el permiso de lactancia

El Real Decreto Ley 2/2024 de mayo de 2021 introduce cambios en el Estatuto de los Trabajadores (ET) en relación con la conciliación de la vida laboral y familiar de progenitores y cuidadores. Una de las modificaciones se ha dado en el artículo 37.4 ET, el cual se centra en el permiso remunerado por lactancia. Las principales características de este cambio son las siguientes:

  • No cambia en cuanto a su duración.
  • La modificación se refiere a cómo la persona trabajadora puede usar el permiso retribuido. Anteriormente, el ET no permitía acumular este permiso por días a menos que el convenio colectivo lo permitiera o se llegara a un acuerdo con la empresa. A partir de ahora, todas las personas empleadas pueden optar por utilizar el permiso de lactancia, independientemente de lo que diga su convenio o su empresa quiera.
  • Este permiso solo se otorga hasta los 9 meses de edad del lactante. Entre los 9 y los 12 meses, no hay compensación económica.
  • Es una autorización individual y no transferible que está condicionada a tu horario laboral o la cantidad de días de trabajo que te resten hasta que el lactante cumpla 9 meses.