¿Puedo grabar al empleado/a de mi hogar?

Si tienes sospechas de que tu empleado/a de hogar te ha sustraído bienes, como dinero, joyas u objetos, puedes instalar un sistema de videovigilancia para poder acreditar la realidad de la sospechas.

Como norma general, la ley obliga a informar a todas las personas trabajadoras, sean o no empleados/as de hogar, sobre la instalación de estos sistemas, incluso de debe informar del punto exacto donde se sitúan las cámaras, de lo contrario, el despido se puede declarar nulo al considerar que se han vulnerado derechos fundamentales de la persona empleada como el derecho al honor o la propia imagen.

Sin embargo, hay excepciones. En caso de cumplir varios requisitos, podrás grabar a tu empleado/a de hogar sin que sea reprochable jurídicamente pudiendo utilizar estas grabaciones como prueba, tanto en un proceso penal como en el laboral.

Estos son los requisitos:

  1. Que existan sospechas fundadas. Por ejemplo, que haya habido robos con anterioridad y éstos hayan sido denunciados.
  2. Que la grabación sea la única manera efectiva de comprobar los hechos.
  3. Que la grabación sirva para proteger al empleador de la sustracción de sus bienes.            

Si necesitas más información, no dudes en contactar con nuestro equipo de abogados.