Prórroga temporal para los tipos impositivos reducidos de IVA

Mediante el Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos de Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan medidas urgentes varios aspectos, entre ellas la prórroga de tipos reducidos de IVA.

En consecuencia, se mantiene la rebaja del IVA en los tipos del 5% y del 0% hasta el 30 de septiembre de 2024. A partir de dicha fecha, para la que ya se estima una reducción significativa de la inflación, se incrementarán los tipos impositivos al 7,5% y 2%, respectivamente, hasta el 31 de diciembre de 2024.

Por lo tanto, con efectos desde el 1 de julio de 2024 y vigencia hasta el 30 de septiembre de 2024:

  • Se aplicará el tipo del 5% a los aceites de semillas y las pastas alimenticias.
  • Se aplicará el tipo del 0% al pan común, harinas, leche, queso, huevos, frutas, verduras, hortalizas, legumbres y aceites de oliva.

Con efecto desde el 1 de octubre de 2024 y vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024:

  • Se aplicará el tipo del 7,5% a los aceites de semillas y las pastas alimenticias.
  • Se aplicará el tipo del 2% al pan común, harinas, leche, queso, huevos, frutas, verduras, hortalizas, legumbres y aceites de oliva.

Normativa: https://www.gipuzkoa.eus/documents/2456431/2877118/RDLey%204.2024.pdf/c77a278f-e213-b4f9-d891-cb5c7b071d27?t=1719562315569