Nuevos derechos y medidas de seguridad para Empleados de Hogar
A partir del 12 de setiembre de 2024, entra en vigor el Real Decreto 893/2024, que introduce medidas cruciales para mejorar la seguridad y salud en el trabajo de los empleados de hogar. Esta normativa desarrolla la disposición adicional 18/ de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) y establece nuevas obligaciones para los empleadores en el sector doméstico.
Aspectos clave del Nuevo Real Decreto:
- Evaluación de Riesgos: Los empleadores deberán realizar una evaluación inicial de los riesgos asociados a las actividades domésticas, actualizándola periódicamente o cuando ocurran cambios significativos en las condiciones de trabajo. El Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) desarrollará una herramienta para facilitar el proceso.
- Medidas preventivas y equipos de trabajo: Los empleadores están obligados a adoptar medidas preventivas basadas en la evaluación de riesgos y a proporcionar equipos de trabajo adecuados para asegurar un entorno laboral seguro. En caso necesario, se deberán entregar Equipos de Protección Individual (EPIs) sin costo para el trabajador.
- Información, participación y formación: Los empleadores deberán proporcionar información sobre riesgos y medidas de protección, permitir la participación de los empleados en cuestiones de seguridad, y ofrecer formación preventiva durante la contratación. La formación deberá ser impartida a través de la plataforma del SEPE y de FUNDAE, y se implementará una vez se inicie la resolución correspondiente.
- Vigilancia de la salud: se promoverá la inclusión de los reconocimientos médicos periódicos en la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud (SNS), aunque esta obligación no será aplicable hasta su desarrollo formal.
- Protección contra violencia y acoso: La norma reconoce el derecho a protección frente a cualquier forma de violencia y acoso. Se establecerá un protocolo de actuación que deberá ser publicado antes del 11 de septiembre de 2025.
- Paralización de la actividad: En situaciones de riesgo grave e inminente, tanto empleadores como empleados tienen el derecho de interrumpir o abandonar la actividad sin que esto sea considerado despido o dimisión.
Esta nueva normativa representa un avance significativo en la protección de los derechos laborales de los empleados de hogar, estableciendo un marco más seguro y equitativo. Los empleadores y empleados deberán adaptarse a estos cambios para garantizar un entorno laboral justo y seguro.