Novedad en la cotización para el año 2025

El Real Decreto Legislativo 8/2015, que aprueba la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), introduce importantes novedades en materia de cotización. En particular, el artículo 19 bis establece una cotización adicional de solidaridad para las retribuciones que superen la base máxima de cotización de los trabajadores por cuenta ajena. A partir del 1 de enero de 2025, las empresas deberán aplicar un porcentaje adicional según el tramo en que se encuentren las retribuciones:

– Un 5,5% sobre el exceso de hasta el 10% por encima de la base máxima.

– Un 6% sobre el exceso entre el 10% y el 50% por encima de la base máxima.

– Un 7% sobre cantidades que superen el 50% por encima de la base máxima.

Esta medida busca generar una mayor contribución por parte de salarios altos, y su implementación será gradual hasta el 2045. Además, la distribución de esta cotización seguirá el mismo esquema de proporción entre empleador y trabajador utilizado para las contingencias comunes.