Modificación de la obligatoriedad del uso de mascarillas a partir del 20 de abril
Las personas de más de 6 años quedan obligadas al uso de mascarillas en los siguientes supuestos:
- En los centro, servicios y establecimientos sanitarios, con excepción de las personas ingresadas cuando permanezcan en su habitación.
- En los centros sociosanitarios, los trabajadores y los visitantes cuando estén en zonas compartidas.
- En los medios de transporte.
Se recomienda un uso responsable de la mascarilla en los espacios cerrados de uso público en los que las personas transitan o permanecen un tiempo prolongado y en los eventos multitudinarios.
En el entorno laboral no resultará preceptivo el uso de mascarillas. Los responsables de prevención de riesgos laborales, en su caso, podrán determinar tras una evaluación su uso en determinados espacios de los centros de trabajo.
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