Impuesto sobre sociedades: Diferencias entre en el impuesto contabilizado y el declarado.

Si a la hora de presentar el impuesto sobre sociedades se detectan diferencias con el impuesto contabilizado al cierre del ejercicio, se debe presentar la declaración de forma correcta y contabilizar las diferencias en el ejercicio actual.

El hecho de que existan diferencias entre el impuesto declarado ante Hacienda con lo contabilizado al cierre del ejercicio, no condiciona a la hora de confeccionar la declaración de forma correcta.

Las diferencias pueden deberse a distintos motivos (no haber considerado alguna deducción, no haber realizado algún tipo de ajuste extracontable, cambios normativos…) pero, cualquiera que sea, no impide su corrección en el ejercicio en curso sin que sea preciso realizar ninguna modificación en las cuentas del ejercicio anterior.

El gasto por Impuesto sobre sociedades, no es un gasto deducible por lo que dichas diferencias no van a suponer problema alguno en el ejercicio en el que se contabilice la diferencia generada.

 

 

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