Eskoriatza: Ayudas a la apertura de nuevos establecimientos comerciales o de servicios o traspasos de negocios.

Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas económicas las personas que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Ser persona física, mayor de edad y con plena capacidad de obrar o ser persona jurídica privada constituida y debidamente inscrita en el Registro correspondiente con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud y que tengan su sede social en el municipio de Eskoriatza.
  2.  Ser la nueva persona promotora de un proyecto comercial o de servicios (tanto en nuevos proyectos como en traspasos) en el casco urbano de Eskoriatza a partir del 1 de enero de 2021.
  3. Desarrollar dicho proyecto en un local privado.
  4. Estar al corriente en sus obligaciones tributarias y con la seguridad social.
  5.  Estar dado de alta en el I.A.E. en el epígrafe correspondiente al proyecto.
  6. No estar incursa en ninguna de las causas de prohibición para la obtención de subvenciones, de conformidad con lo establecido en los apartados 2 y 3 del art. 13 de la Ley 38/2008,de 17 de noviembre.

A su vez, el proyecto comercial o de servicios cuando sea nuevo, deberá de cumplir los siguientes requisitos:

  1. Contar con un plan de viabilidad validado por la Agencia Comarcal de Desarrollo Económico de Debagoiena.
  2. Obtener un mínimo del 50 % de los puntos de los siguientes criterios de valoración:
    — Adecuación-compatibilidad del promotor/es con la iniciativa a de sa rro llar (hasta 3 puntos).
    — Diseño y originalidad del proyecto (hasta 1 punto).
    — Dimensión comercial y social del proyecto para el impulso
    del comercio y del consumo local (hasta 1 punto).
    — Viabilidad económica y financiera del proyecto (se valorará hasta 5 puntos).

Por otro lado, los locales y actividades deberán cumplir los siguientes requisitos:
a)    Tanto el local alquilado como la actividad que se desarrolle en él deberán dar cumplimiento a la legislación vigente, así como haber realizado la correspondiente tramitación ante al ayuntamiento para su puesta en funcionamiento (obtención de
licencia municipal o comunicación previa). El uso del local deberá estar actualizado también en el catastro, es decir, debe ser un local comercial.
b)    En el local se deberá desarrollar una actividad comercial o de servicios.
c)    El local deberá ser un local privado y estar ubicado en
el casco urbano de Eskoriatza.
d)    La actividad deberá tener una nueva persona promotora.
e)    Los beneficiarios de estas ayudas deberán de tener el rótulo del exterior del local anunciador de la actividad como mínimo en euskera. Además, los que hagan uso del euskera en su imagen corporativa y/o el rótulo podrán beneficiarse de las subvenciones que para ello suele conceder anualmente el Ayuntamiento de Eskoriatza, siempre y cuando cumplan con el procedimiento de la convocatoria de la subvención correspondiente.

Asimismo, deberán de cumplir con lo dispuesto en el capítulo VII de la ley
6/2003 de Estatuto de las Personas Consumidoras y Usuarias sobre los «derechos lingüísticos» y garantizar el derecho de la ciudadanía a recibir el servicio en euskera o castellano. Para ello, podrá utilizar el servicio de traducción/corrección que ofrece el
servicio de euskera del Ayuntamiento de Eskoriatza.

Tipos de ayuda.
Se establecen a continuación las subvenciones máximas que se concederán:
— En el caso de locales alquilados:
Primer año: El ayuntamiento asumirá el 50 % del coste del alquiler, límite de 150 €/ mes.
Segundo año: El ayuntamiento asumirá el 40 % del coste del alquiler límite de 100 €/mes. El IVA no será subvencionado.
La subvención que conceda el ayuntamiento estará destinada al pago del alquiler durante un máximo de 24 meses.
— En el caso de compra del local:
El 4 % del valor catastral del local hasta un máximo de 2.000 €.

 Plazo y lugar de presentación de solicitudes. Vigencia.
Las solicitudes deberán formularse mediante instancia firmada y ajustada al modelo normalizado que se encuentra a su disposición en las dependencias del Ayuntamiento y en la página web.

BOG: Ayudas a la apertura de nuevos establecimientos comerciales o de servicios o traspasos de negocios. BDNS (Identif.): 650633.

Zenbaki aholkulariak abokatuak: Subvención