Cómo Tributan los Ingresos por Alquiler: Claves Fiscales para Propietarios
¿Ante qué tipo de alquileres podemos encontrarnos y cuál es su fiscalidad? Estos son los más habituales:
- Alquiler de vivienda habitual: no existe IVA en los alquileres de vivienda habitual y la persona que perciba estos ingresos deberá tributar en IRPF con una bonificación que será del 70% en caso de e que el inmueble esté situado en zona tensionada, o del 30% en el resto de los casos. Asimismo, podrán ser gastos deducibles los intereses hipotecarios y los gastos por impago si no superan la cantidad de 300€. En ningún caso la suma de la bonificación y de los gastos deducibles podrá dar lugar a un rendimiento neto negativo.
- Locales: en el caso de alquilar un local existe la obligación de emitir factura con el IVA general del 21% y la tributación en el IRPF irá como rendimiento de capital inmobiliario en la escala del ahorro. Se podrán deducir los gastos directamente relacionados con esta actividad.
Asimismo, en Gipuzkoa tenemos una ventaja y es que la tributación de dichos ingresos por alquileres en el IRPF se rige por el criterio de cobro, de forma que, si hay impagados, no se declaran ingresos hasta el año en que se produzca el cobro del dinero.
Pero OJO! Esta regla no aplica en el caso del IVA. De manera que, si estamos alquilando un local, la repercusión, y en consecuencia el ingreso, del IVA, ha de efectuarse exista impago o no. Si dicho impago se formaliza mediante reclamación judicial o notarial, se podría solicitar la devolución del IVA.
