Ayuntamiento de Arrasate: subvenciones 2024 para promover el comercio local dirigidas a establecimientos comerciales y de servicios

Se financiarán las actividades que se organicen para el fomento de la actividad comercial local.

Las beneficiarias de esta ayuda deberán cumplir los siguientes requisitos:

  1. Tener una actividad en el sector comercial o de servicios.
  2. Que la actividad y/o establecimiento se ubique en Arrasate.
  3. Quedan excluidos de estas subvenciones las actividades que se benefician del convenio de colaboración que anualmente suscribe el ayuntamiento con la asociación de comerciantes.
  4. No tener deudas con el Ayuntamiento de Arrasate.
  5. Quedan excluidos de la presente convocatoria: aquellos proyectos o acciones que, por su naturaleza y objeto, puedan encuadrarse en otro programa subvencional municipal.
  1. Este programa financiará el 50% del gasto admisible de la actividad. Cada establecimiento podrá percibir un máximo de subvención de 1.500 euros por año.
  2. En el caso de que se presenten gasto de personal (sean de la persona beneficiaria o de profesionales) se tomará como máximo gasto subvencionable, el importe de referencia del ayuntamiento en actividades similares.
  3. Respecto a otros gastos, no se admitirán importes que no sean razonables.
  4. En el caso de uso de locales municipales, este programa financiará el 100% del coste.
  5. Cuando las actividades se presenten promoviendo la colaboración de varios establecimientos, el importe de la subvención se aplicará a cada uno de ellos.
  6. En el caso de que la actividad genere un ingreso, no se aplicará al cálculo de la subvención, siempre que no exista sobrefinanciación.

Las solicitudes podrán presentarse una vez aprobadas las presentes bases por el Ayuntamiento, hasta final de año, tal como se detalla en el Boletín Oficial de Guipúzcoa.

Subvención; Arrasate; comercio
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