Ayudas para contratos de relevo 2026: ¿Qué ofrece Lanbide?
Lanbide ha publicado la convocatoria 2026 para subvencionar a empresas y autónomos que realicen contratos de relevo. Aquí tienes todo lo que necesitas saber: objeto, beneficiarios, requisitos y plazos.
Objeto de la convocatoria
El objetivo de esta convocatoria es regular y subvencionar los contratos de relevo. Este tipo de contrato está regulado en el artículo 12.7 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre), y hace referencia al acuerdo entre una persona trabajadora que se jubila parcialmente y otra contratada para cubrir ese puesto.
Descripción
Dotación presupuestaria: 1.350.000 € en total (810.000 € en 2026 y 540.000 € en 2027).
Importe de la ayuda:
Contratar a la persona relevista conlleva una ayuda de 8.400 euros. Si la persona contratada es mujer, el importe se incrementa un 10%.
Exclusiones a tener en cuenta: Esta convocatoria no subvenciona:
- La contratación del cónyuge o familiares directos del empresario (hasta segundo grado).
- La contratación de familiares de socios de sociedades o asociaciones.
- La contratación adicional mencionada en el artículo 4 de la convocatoria.
- Las ayudas están sujetas al régimen «de minimis» y se resuelven por orden de presentación de solicitudes, hasta agotar el presupuesto.
Forma de pago:
60% al aprobar la solicitud, y el 40% restante a los 12 meses, tras acreditar la empresa el mantenimiento de la plantilla fija.
A quién va dirigida (beneficiarios)
Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas o jurídicas (incluidas empresas y autónomos) que realicen contratos de relevo, siempre que:
- El contrato se haya iniciado a partir del 21 de octubre de 2023.
- Se desarrolle en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
- El contrato sea a jornada completa e indefinido, o temporal con compromiso de conversión en indefinido.
Principales requisitos a cumplir
- Estar al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
- La empresa solicitante debe comunicar a la Representación Legal de los Trabajadores (o directamente a la plantilla, si no existe) su intención de realizar el contrato de relevo.
- Mantener a la plantilla fija de los centros de trabajo de la CAPV durante los 20 meses posteriores a la contratación subvencionada, conservando al menos el 65% de los puestos fijos.
- No incurrir en las prohibiciones y exclusiones de los artículos 3.1 y 5 de la convocatoria (por ejemplo, administraciones públicas, empresas sancionadas o en crisis, etc.).
Normativa
La convocatoria está regulada en las siguientes resoluciones:
- Resolución de 23 de abril de 2026, por la que se publica la convocatoria de subvenciones 2026 para el programa de contrato de relevo.
- Resolución de 26 de mayo de 2026, de corrección de errores de la anterior.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para presentar solicitudes es de tres meses desde el inicio del contrato (o, para contratos iniciados antes de la convocatoria, desde el día siguiente a su publicación). No obstante, en cualquier caso, el plazo máximo para presentar solicitudes es el 20 de octubre de 2026.
La solicitud debe presentarse a través de la Sede Electrónica, con un medio de identificación electrónica (certificado digital).