Ayudas para contratos de relevo 2026: ¿Qué ofrece Lanbide?

Lanbide ha publicado la convocatoria 2026 para subvencionar a empresas y autónomos que realicen contratos de relevo. Aquí tienes todo lo que necesitas saber: objeto, beneficiarios, requisitos y plazos.

El objetivo de esta convocatoria es regular y subvencionar los contratos de relevo. Este tipo de contrato está regulado en el artículo 12.7 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre), y hace referencia al acuerdo entre una persona trabajadora que se jubila parcialmente y otra contratada para cubrir ese puesto.

Dotación presupuestaria: 1.350.000 € en total (810.000 € en 2026 y 540.000 € en 2027).

Contratar a la persona relevista conlleva una ayuda de 8.400 euros. Si la persona contratada es mujer, el importe se incrementa un 10%.

Exclusiones a tener en cuenta: Esta convocatoria no subvenciona:

  • La contratación del cónyuge o familiares directos del empresario (hasta segundo grado).
  • La contratación de familiares de socios de sociedades o asociaciones.
  • La contratación adicional mencionada en el artículo 4 de la convocatoria.
  • Las ayudas están sujetas al régimen «de minimis» y se resuelven por orden de presentación de solicitudes, hasta agotar el presupuesto.

60% al aprobar la solicitud, y el 40% restante a los 12 meses, tras acreditar la empresa el mantenimiento de la plantilla fija.

Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas o jurídicas (incluidas empresas y autónomos) que realicen contratos de relevo, siempre que:

  • El contrato se haya iniciado a partir del 21 de octubre de 2023.
  • Se desarrolle en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
  • El contrato sea a jornada completa e indefinido, o temporal con compromiso de conversión en indefinido.
  • Estar al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
  • La empresa solicitante debe comunicar a la Representación Legal de los Trabajadores (o directamente a la plantilla, si no existe) su intención de realizar el contrato de relevo.
  • Mantener a la plantilla fija de los centros de trabajo de la CAPV durante los 20 meses posteriores a la contratación subvencionada, conservando al menos el 65% de los puestos fijos.
  • No incurrir en las prohibiciones y exclusiones de los artículos 3.1 y 5 de la convocatoria (por ejemplo, administraciones públicas, empresas sancionadas o en crisis, etc.).

La convocatoria está regulada en las siguientes resoluciones:

El plazo para presentar solicitudes es de tres meses desde el inicio del contrato (o, para contratos iniciados antes de la convocatoria, desde el día siguiente a su publicación). No obstante, en cualquier caso, el plazo máximo para presentar solicitudes es el 20 de octubre de 2026.

La solicitud debe presentarse a través de la Sede Electrónica, con un medio de identificación electrónica (certificado digital).