Ayudas a las empresas de Aretxabaleta por nuevas contrataciones

El Ayuntamiento de Aretxabaleta ofrece subvenciones a las empresas con centro de trabajo en el municipio cuando contratan a personas empadronadas en la localidad. El objetivo es crear nuevos puestos de trabajo y facilitar la incorporación laboral de las personas en situación de mayor dificultad.


Quién puede solicitarlo

Pueden presentarse a esta convocatoria las empresas de cualquier forma jurídica con hasta 50 trabajadores y centro de trabajo en Aretxabaleta, los establecimientos de comercio, hostelería y servicios ubicados en el municipio, y los profesionales autónomos que trabajen en él.

En todos los casos, la persona contratada debe estar empadronada en Aretxabaleta, y el contrato ha de ser indefinido o de al menos seis meses de duración, a jornada completa o parcial (mínimo del 50%).


Cuánto se puede recibir

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Por empresa y año

En los contratos a jornada parcial, el importe se reduce proporcionalmente. Cada empresa puede presentar un máximo de 2 contrataciones al año.

Incremento del 15% — si la persona contratada pertenece a alguno de estos colectivos:

  • Persona en situación de desempleo de larga duración (más de un año)
  • Mujer
  • Persona mayor de 45 años
  • Persona con una discapacidad igual o superior al 33%
  • Persona participante en un programa de inserción social o beneficiaria de ayudas sociales del Ayuntamiento de Aretxabaleta

Cuándo y cómo

Plazo de solicitud: Hasta el 30 de noviembre de 2026

Contratos válidos desde:1 de diciembre de 2025

Presentación: Electrónica

Las solicitudes deben presentarse electrónicamente, adjuntando la siguiente documentación: memoria justificativa de la contratación, CIF de la empresa, certificado de alta en la Seguridad Social, copias del contrato y del alta, y documento acreditativo de la titularidad de la cuenta bancaria.

Evaluación: Las ayudas se concederán en régimen de concurrencia no competitiva, evaluando las solicitudes a medida que se reciban y hasta agotar el presupuesto disponible. El pago se efectuará en un plazo de 30 días naturales desde la notificación de la resolución.


Aspectos importantes

Esta ayuda es compatible con subvenciones de otras entidades públicas o privadas, siempre que el total de ayudas recibidas no supere el coste total de la actividad subvencionada ni el coste salarial bruto del trabajador.

Si el contrato se extingue antes de cumplir el período mínimo sin causa justificada, o mediante despido improcedente, la empresa deberá devolver el 100% de la subvención recibida y perderá el derecho a solicitarla en el futuro.