Nueva subvención para comercios cuya actividad sea la de equipamiento de la persona o el hogar
Ayudas para el sostenimiento del subsector del equipamiento personal y del hogar del comercio minorista vasco
Cuantía de la ayuda dependerá del número de trabajadores:
- Establecimientos de 1 a 9 empleados: 2.000 euros
- Establecimientos de 10 o más empleados: 3.000 euros
Aportación de documentación con anterioridad al 24 de febrero de 2022:
- “Informe de vida laboral de un código de cuenta de cotización” y en caso de trabajador autónomo “Informe de vida laboral”
- Escrituras de constitución de la empresa y posteriores modificaciones las personas jurídicas.
- Contrato de constitución, las comunidades de bienes y las sociedades civiles.
- Impreso normalizado de representación legal voluntaria, si se desea otorgar la representación y no se desea utilizar el Registro Electrónico de Representantes.
- Declaración responsable.
¿A quién van dirigidas?
- A las personas trabajadoras por cuenta propia
- Autónomas,
- Comunidades de Bienes
- Sociedades Civiles
- Las micro y pequeñas empresas; con domicilio social y fiscal, en la Comunidad Autónoma de Euskadi; cuya actividad se encuadre dentro de los siguientes epígrafes del impuesto sobre actividades económicas:
Grupo 651. Comercio al por menor de productos textiles, confección, calzado, pieles y artículos de cuero.
Epígrafe 651.1. – Comercio al por menor de productos textiles, confecciones para el hogar, alfombras y similares y artículos de tapicería.
Epígrafe 651.2. – Comercio al por menor de toda clase de prendas para el vestido y tocado.
Epígrafe 651.3. – Comercio al por menor de lencería y corsetería.
Epígrafe 651.4. – Comercio al por menor de artículos de mercería y paquetería.
Epígrafe 651.5. – Comercio al por menor de prendas especiales.
Epígrafe 651.6. – Comercio al por menor de calzado, artículos de piel e imitación o productos sustitutivos, cinturones, carteras, bolsos, maletas y artículos de viaje en general.
Epígrafe 651.7. – Comercio al por menor de confecciones de peletería.
Grupo 652. Comercio al por menor de artículos de droguería y limpieza; perfumería y cosméticos de todas clases; y de productos químicos en general.
Epígrafe 652.2. – Comercio al por menor de productos de droguería, perfumería y cosmética, limpieza, pinturas, barnices, disolventes, papeles y otros productos para la decoración y de productos químicos.
Epígrafe 652.3. – Comercio al por menor de productos de perfumería y cosmética, y de artículos para la higiene y el aseo personal.
Grupo 653. Comercio al por menor de artículos para el equipamiento del hogar y la construcción.