Notificación electrónica tributaria: Días de Cortesía

¿Sabías que durante las vacaciones o días de cierre de tu negocio puedes ejercitar la posibilidad de que Hacienda no pueda mandarte notificaciones electrónicas?

Por cada contribuyente se podrán señalar 30 días por año natural con una antelación mínima de 7 días naturales al comienzo del periodo y también pueden ser días sueltos.

A continuación, dejamos, haciendo clic en cada territorio, distintos manuales y enlaces de interés para poder señalar dicha opción ante las diferentes Administraciones Tributarias:

¡¡Cuidado!! Esta opción afecta únicamente a notificaciones electrónicas tributarias y no a notificaciones postales o cualquier otro tipo de comunicación.