Nueva ayuda para el sector del transporte

En el ámbito del transporte terrestre por carretera, el conflicto en Ucrania ha derivado en un aumento del coste de los combustibles extraordinario, lo que ha derivado a su vez en un deterioro extraordinario en la viabilidad económica de esta actividad, siendo además un sector esencial para el país ya que es responsable del 95 % del transporte de mercancías en España

Medidas de apoyo al tejido económico y empresarial del transporte terrestre, con medidas para reforzar la liquidez de empresas y autónomos.

El importe de las ayudas establecido en el artículo 4 del presente real decreto-ley se repartirá entre las diversas actividades: transporte por taxi, tipos de transporte terrestre de pasajeros n.c.o.p., transporte de mercancías por carretera, servicio de mudanzas, el servicio de transporte sanitario de personas y transporte terrestre urbano y suburbano de pasajeros. Se señala expresamente que el requisito de disponer de autorización de transporte público de viajeros en la categoría correspondiente, exigido para ser beneficiario de estas ayudas

Beneficiarios

Titulares de una autorización de transporte de cualquiera de las clases VDE, VT, VTC, VSE, MDPE, MDLE y titulares de autobuses urbanos conforme a la clasificación por criterio de utilización del Reglamento General de Vehículos (segundo grupo de cifras “06”).

 

Documentación a presentar: 

Las solicitudes se presentarán a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa https://egoitza.gipuzkoa.eus/ dirigida al Departamento de Movilidad y Ordenación del Territorio, rellenando el formulario electrónico específico disponible a estos efectos.

Para realizar la solicitud mediante representante, deberá estar dada de alta en el Censo de Representantes de la Diputación Foral de Gipuzkoa. La inscripción deberá realizarse en el censo corporativo de representación voluntaria (documento 001K). https://egoitza.gipuzkoa.eus/es/representacion

Documentación a aportar

Certificado de titularidad de la cuenta corriente, siempre que el banco NO sea Kutxabank, BBVA, Laboral Kutxa, CaixaBank, Banco Santander, Bankoa, Sabadell, Banco Popular y Caja Rural de Navarra.

(La solicitud y el Alta de Terceros se generarán automáticamente, no adjuntar)

Modalidades de solicitud

  • Internet: Solicitud por internet

Solicitud y envío de documentación a través del Registro Electrónico de la Diputación Foral de Gipuzkoa. 

Identificación necesaria para la tramitación electrónica

RESOLUCIÓN: Plazo máximo de resolución

  • La ayuda acordada se abonará mediante trasferencia bancaria a partir del 31 de octubre.
  • Se considerará notificado el acuerdo de concesión por la recepción de la trasferencia.

Trascurrido el plazo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación del formulario sin haberse efectuado el pago, la solicitud podrá entenderse desestimada.

Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, de medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte, en materia de becas y ayudas al estudio, así como de medidas de ahorro, eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas natural.

                                                       Imagen de Sabine en Pixabay

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