Hacienda de Gipuzkoa: Notificación electrónica – días de cortesía
Posibilidad de señalar días en los que el Departamento de Hacienda NO enviará notificaciones tributarias a su buzón en la sede electrónica.
Interesante para cuando no podemos acceder al buzón por estar de vacaciones… en los días señalados no recibiremos notificaciones electrónicas, pero no afectan a los plazos de las notificaciones puestas a disposición con anterioridad.
Disponible desde el día 28 de julio de 2020. No obstante, dichos días deben señalarse con una antelación mínima de 7 días naturales al comienzo del periodo deseado.
- ¿Qué son los días de cortesía?
Son días señalados por los contribuyentes o sus representantes en los que la Hacienda Foral de Gipuzkoa no pondrá a su disposición notificaciones electrónicas. - ¿Para qué notificaciones pueden señalarse los días de cortesía?
Afecta únicamente a las notificaciones electrónicas realizadas por el Departamento de Hacienda en sus actuaciones y procedimientos tributarios, así como en la gestión de los recursos de otros entes y administraciones públicas que tenga atribuida o encomendada.
No es posible señalar días de cortesía para:- notificaciones postales;
- notificaciones electrónicas no tributarias
- cualquier tipo de comunicaciones, electrónicas o no, tributarias o no.
- ¿Qué días deben señalarse como días de cortesía?
La notificación electrónica funciona todos los días del año por lo que también deberán tenerse en cuenta y, en su caso, señalarse, los sábados, domingos y festivos. - ¿Cuántos días de cortesía pueden señalarse?
Se podrán señalar un total de 30 días por año natural.
En el caso de nuevas altas de personas o entidades obligadas a relacionarse por medios electrónicos, o quienes voluntariamente opten por la notificación electrónica, podrán señalar los 30 días correspondientes al año (o los que resten hasta finalizar el año si su número fuera menor) en que pasen a recibir notificaciones electrónicas, independientemente de cuando se haya producido el alta o se haya realizado la opción.
Para 2020 podrán señalarse la totalidad de los días (hasta 30) independientemente de cuando se publique la orden foral que regule los días de cortesía.
- ¿Cómo se señalan los días de cortesía?
Por medios electrónicos desde el propio buzón de notificaciones electrónicas de la sede electrónica con una antelación mínima de 7 días naturales al comienzo del periodo deseado.
Pueden ser días sueltos sin obligación de agrupar un mínimo de días consecutivos. - Una vez señalados los días de cortesía ¿pueden modificarse o anularse?
Si, una vez señalados, pueden modificarse y anularse, respetando los 7 días de antelación y el máximo de 30 días por año.
Los y las representantes sólo podrán modificar y/o anular los días señalados por ellos o ellas mismas sin que puedan modificar los días señalados por los contribuyentes ni por otros representantes. - Una vez señalados los días de cortesía ¿puede la Hacienda Foral notificar por otros medios?
Si, se podrá notificar utilizando medios tradicionales (postal, por agente, por
comparecencia, …) cuando los días de cortesía señalados resulten incompatibles con l inmediatez o celeridad que requiera la actuación administrativa para asegurar su eficacia. - ¿Cómo afectan los días de cortesía a la tramitación de los procedimientos?
El retraso en la notificación derivado del señalamiento de días de cortesía se considera dilación no imputable a la administración. Es decir, ese retraso no se incluye en el cómputo del plazo de resolución del procedimiento. - ¿Qué efectos tiene el señalamiento de días de cortesía?
En los días señalados no se pondrán a disposición notificaciones electrónicas, pero no afectan a los plazos de las notificaciones puestas a disposición con anterioridad. - Ejemplo: En el mes de junio, para un contribuyente se señalan los días 2, 9, 16, 17, 18,23 y 30 para que no se pongan a disposición notificaciones electrónicas.a) Caso 1: El día 8 de junio Hacienda Foral pone a disposición una notificación
electrónica: Si el contribuyente o sus representantes no acceden en plazo, la
notificación se considerará realizada el día 18 de junio.
Los 10 días naturales para acceder a la notificación en plazo sería el periodo
comprendido entre el 9 y el 18 de junio aunque en dicho periodo haya 4 días de
cortesía y, además, tanto el primer día, 9 de junio, como el último, 18 de junio, estén señalados como tales.
En este supuesto, los días señalados para que no se pongan a disposición
notificaciones electrónicas no tendrían ningún efecto.b) Caso 2: El día 16 de junio Hacienda Foral genera una notificación electrónica
En este caso, la puesta a disposición no se realizaría hasta el día 19 de junio, y los 10 días naturales para acceder a la misma en plazo sería el periodo comprendido entre el 20 y el 29 de junio aunque en dicho periodo haya 1 día de cortesía.
En este supuesto el plazo para resolver y notificar, si lo hubiera, se entendería
cumplido el día 16 de junio aunque la puesta a disposición no haya podido realizarse hasta el día 19.
Pasos para tramitar los días de cortesía:
- Acceder con el certificado digital al buzón de notificaciones electrónicas: SEDE ELECTRONICA
- En el buzón clicar en DÍAS DE CORTESÍA
- Dar al botón AÑADIR y seleccionar los días que NO quieres recibir notificaciones. Al año máximo 30 días.
Orden Foral 312/2020
Desde la asesoría Zenbaki ahokulariak abokatuak os aconsejamos que utilicéis los días de cortesía.
Zenbaki aholkulariak abokatuak: Fiscalidad